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Comisión Directiva - Secretario De Previsión



Lista Verde

 

 

Secretaria de Previsión

JUAN CARLOS ROFFET


Artículo 49 de los Estatutos:
Controlará todo el movimiento relativo a la caja de jubilaciones y pensiones, instituto de previsión y entidades similares.
Arbitrará los medios para la obtención de pensiones y jubilaciones para los afiliados al gremio y su eficaz cumplimiento.

DEBERES Y ATRIBUCIONES

Son deberes y atributciones del Secretario de Previsión:
a)         Controlar todo el movimiento relativo a la caja de jubilaciones y pensiones, instituto de previsión y entidades similares.
b)         Realizar los estudios sobre la legislación vigente tendientes a la obtención de mejoras que contemplen las necesidades de los empleados de comercio en pasividad.
c)         Arbitrar los medios para la obtención de pensiones y jubilaciones para los afiliados al gremio y su eficaz cumplimiento.
d)        Organizar el control del cumplimiento patronal con los organismos previsionales y/o entidades similares que existan o puedan crearse en el futuro.
e)         Propenderá a la creación de hogares permanentes para los afiliados jubilados que no posean vivienda propia e institutos asistenciales de carácter geriátrico.
f)         Tendrá a su cargo la administración de los institutos especificados en el inciso anterior, tanto los creados como los a crearse.

 

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