DEBERES Y ATRIBUCIONES
Son deberes y atributciones del Secretario de Previsión:
a) Controlar todo el movimiento relativo a la caja de jubilaciones y pensiones, instituto de previsión y entidades similares.
b) Realizar los estudios sobre la legislación vigente tendientes a la obtención de mejoras que contemplen las necesidades de los empleados de comercio en pasividad.
c) Arbitrar los medios para la obtención de pensiones y jubilaciones para los afiliados al gremio y su eficaz cumplimiento.
d) Organizar el control del cumplimiento patronal con los organismos previsionales y/o entidades similares que existan o puedan crearse en el futuro.
e) Propenderá a la creación de hogares permanentes para los afiliados jubilados que no posean vivienda propia e institutos asistenciales de carácter geriátrico.
f) Tendrá a su cargo la administración de los institutos especificados en el inciso anterior, tanto los creados como los a crearse.









